En este estado el Tribunal, con vista a la manifestación de voluntad expresada por las partes y al acuerdo de pago alcanzado, procede a HOMOLOGAR EL ACUERDO DE PAGO alcanzado y en este sentido a suspender la medida de embargo decretada; en el entendido de que una vez conste en autos el ultimo pago acordado se dará por concluida la presente causa y se ordenará su archivo definitivo, caso contrario se procederá a la ejecución del monto o montos restantes por pagar del acuerdo alcanzado.