Este Juzgado, en virtud que el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del Trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada y ordena expedir copias certificadas del escrito transaccional y del presente auto. En consecuencia, se ordena el cierre informático del presente asunto y el archivo definitivo del expediente en virtud de haberse producido el pago acordado. Todo ello en la demanda por Solicitud de Oferta Real de Pago, presentada por la empresa "INVERSIONES R.6 99, C.A.", a favor del ciudadano LUIS MUJICA Cúmplase.