Por tales motivos, el Tribunal ordena librar nuevos carteles de notificación a la parte demandada, en los términos indicados en el auto de admisión de la demanda, instándose al Departamento de alguacilazgo a proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ahora de acuerdo a lo previsto en el artículo 68 ejusdem, haciendo uso de la fuerza pública de ser necesario; todo ello en el juicio incoado por la ciudadana LAURA DEL PILAR RIVERO PARRA en contra del ciudadano EUGENIO TORRES RIVAS. Líbrense carteles de notificación a la parte demandada y Oficio al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito, con copia a la Coordinación Judicial, de manera que se tomen los correctivos a que haya lugar.