Por otro lado, resulta un hecho notorio y comunicacional, que se puede apreciar de la página web o página electrónica, del Banco Central de Venezuela, que en el último boletín emitido por dicho Órgano, hasta la presente fecha, y por consiguiente para la oportunidad en que se elaborare el informe pericial, se estableció el "Índice Nacional de Precios al Consumidor", correspondiente al mes de diciembre del año 2015; como consecuencia de ello, resulta inoficioso proceder al nombramiento de un nuevo experto en el presente proceso o requerir del ya designado se proceda a la actualización de la experticia complementaria del fallo. Y así se establece.