En este estado, la Abogada YANET BARTOLOTTA, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano IVAN ANTONIO ZAMORA ALONZO, encontrándose debidamente facultada para ello, en nombre de su representado, procede a desistir en el presente acto, del procedimiento incoado única y exclusivamente contra las entidades de trabajo GRUPO DE ESPECIALIDADES ODONTOLOGICAS ALTOCENTRO, S.C. y RESCARVEN, C.A., manifestando su voluntad de continuar el proceso en lo que respecta a las demás entidades de trabajo co-demandadas. En este estado, el Tribunal, con vista a la manifestación de voluntad expresada por las partes, procede a homologar el desistimiento del procedimiento incoado únicamente en lo que respecta a las entidades de trabajo GRUPO DE ESPECIALIDADES ODONTOLOGICAS ALTOCENTRO, S.C. y RESCARVEN, C.A., en el entendido de que la causa continuará su curso en lo que respecta a las restantes, entidades co-demandadas.