este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, quien acredita la representación mediante la consignación de copia fotostática de instrumento poder (previa confrontación con el orignal por la Juez de este Despacho), en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO