Considerando que según lo ordenado en la sentencia objeto de experticia, el experto deberá determinar los intereses moratorios y la indexación, este Juzgado estima que para la ejecución del trabajo el tiempo requerido es de dos (2) horas, que multiplicadas por la cantidad de Bs. 720,00, que es el valor de la hora según el Instrumento referencial de Honorarios mínimos , aprobado en la XVII Asamblea Nacional de Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela celebrada los días 9 y 10 de septiembre de 2005, y la unidad tributaria de Bs. 90,00 vigente, arroja un total UN MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES con 00/100 (Bs.1.400,00), cantidad ésta, en la cual este Juzgado fija los honorarios del experto contable designado, los cuales como lo indica la sentencia definitivamente firme dictada por este Juzgado correrá por cuenta de la demandada.