Precisado lo anterior y visto que conforme a la sentencia objeto de ejecución se ordenó el pago de los intereses de mora tanto de la prestación de antigüedad como de los otros conceptos condenados hasta la fecha del Decreto de Ejecución que fue librado el 17 de febrero de 2016, y visto que tales intereses fueron calculados en la experticia complementaria del fallo hasta el mes de diciembre de 2015, es por lo que se acuerda la actualización solicitada.