Por todo lo antes expuesto este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara:1.- IMPROCEDENTE la perención solicitada por la parte demandada. 2.- No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo