deja constancia que no obstante, la cantidad recibida por el extrabajador de SESENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 60.000,00) de parte de la empresa, queda a salvo cualquier diferencia que considere al extrabajador que exista por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Por su parte, la unidad de trabajo oferente podrá oponer a la oferida el presente pago, cuando lo considere necesario. Así se decide.