Considerando que la experticia a realizar es con la finalidad de que se efectúe el cálculo de la indexación de la cantidad pendiente de pago, según lo acordado en la transacción: Bs. 346.153,89 y los intereses moratorios generados sobre la referida cantidad pendiente de pago, ambos conceptos desde el día 30 de septiembre de 2011 (fecha de la última actualización) de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la sentencia Nro. 1841 de la Sala Social.; se estima como tiempo para la ejecución del trabajo dos (02) horas, que equivale a decir la cantidad de Bs.2.140,00 pues el valor de la hora según la tarifa fijada por la Sociedad Venezolana de Economistas Expertos Judiciales es de Bs. 1.070. Por lo que este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, fija en la cantidad de DOS MIL CIENTO CUARENTA BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 2.140,00), los honorarios del experto.....