Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento por oferta real de pago presentada por la entidad de trabajo SIDOR, C.A.. a favor de la ciudadana Marisela Benitez Unibio, partes debidamente identificadas en los autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Tercero: Se ordena librar oficio a la Oficina de Control y Consignaciones (OCC) de este Circuito Judicial Laboral, para que realice los trámites inherentes a la devolución del dinero ofrecido a la ciudadana Marisela Benitez Unibio.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certifi.....