Visto el escrito de TRANSACCION presentado por las partes, en fecha 14 de noviembre de 2011, mediante la cual la parte oferida ciudadana ROXANA ROSEMARY BARRERA ESPINA, recibe el pago de la oferta realizada por la empresa "DR. REDDY´S LABORATORIES LIMITED VENEZUELA, S.A., a su entera satisfacción, el cual asciende al monto de cincuenta y cinco mil trescientos ochenta bolívares con doce céntimos (Bs. 55.380,12) y por cuanto la referida TRANSACCION, no vulnera normas esenciales, se le otorga efecto de cosa Juzgada, en consecuencia este Juzgado una vez transcurrido el lapso legal para que las partes ejerzan los recursos que consideren pertinentes contra este auto, sin que lo hicieren, se dará por TERMINADO el presente juicio.