Dispositivo
Por las motivaciones de hecho y derecho que anteceden, este Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, solamente en lo que respecta a los codemandantes Alfonzo José Bastidas Martínez, Luis Armando Monasterio Robaina, César David Adam Arrizure y Facundo Argenis Ramírez Cubero, contra la entidad de trabajo Cervecería Polar, C.A., partes debidamente identificadas en los autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la pre.....