...De una revisión de las actas procesales que conforma el presente asunto, se evidencia, en primer lugar, corre inserto al folio 28 del expediente, Auto dictado en fecha 30 de noviembre de 2017 por el tribunal décimo sexto (16°) de Sustanciación Mediación y Ejecución mediante el cual expresa. "Al respecto este Juzgado observa que en la diligencia antes mencionada señala que se anexa tabla del bono de alimentación el cual no consta en autos, razón por la cual se insta al apoderado judicial de la parte actora consigne dicha tabla". De lo ante expuesto se observa en autos que en el expediente no existe pronunciamiento por parte del tribunal sustanciador en base a lo solicitado mediante auto señalado ut supra, razón por la cual este Juzgador considera necesario en aras de resguardar el Debido Proceso y el Derecho de Defensa de las partes un pronunciamiento sobre dicha solicitud.
En segundo lugar, se evidencia en autos en el folio 31 de la declaración del ciudadano alguacil Moisés Noguera.....