Con base en la doctrina citada, y los argumentos supra desarrollados, esta sentenciadora observa que en el caso de marras, se trata de un juicio principal donde consta decisión definitivamente firme, que finalizó con el pago de lo condenado, tal como se evidencia de las actas procesales, y la condenatoria en costas del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, respecto al recurso de casación es lo suficientemente claro, por lo cual en el estado en el cual se encuentra el presente asunto, encuadra en el cuarto supuesto de la sentencia ut supra indicada. En consecuencia, quien decide y siguiendo el criterio imperante en esta materia, le resulta forzoso para este Tribunal instar a la representación judicial de la parte Aaccionante a ejercer, de ser el caso, las acciones pertinentes por ante la jurisdicción competente en razón de la materia, toda vez que el presente asunto finalizó, razón por la cual una vez que quede firme la presente decisión este Tribunal ordenará el cier.....