Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el reclamo o impugnación interpuesto por la representación Judicial de la parte Demandada en contra de la experticia presentada por el Lic. José Herrera. SEGUNDO: LA DEMANDADA, deberá pagar a la parte actora la cantidad de BOLÍVARES UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN BOLÍVARES CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.1.569.391,81), según se detalla en el siguiente cuadro resumen:
CONCEPTOS CONDENADOS SUB-TOTAL MONTO Bs. F.
Indemnización Antigüedad 786,00
Compensación por Transferencia 786,00
Indemnización Antigüedad y Compensación por Transferencia al Nuevo Régimen Año 1997 1.572,.....