En consecuencia, esta Sala de Juicio X acuerda SUSPENDER la Medida cautelar de Prohibición de Salida del País decretada por la Sala de Juicio XVI de este Circuito en fecha 06 de agosto de 2007 (folios 67-69 1ªpza.), al ciudadano LEONARDO ENMANUEL RIVAS BARROETA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.004.417, y del pasaporte Nro. DO127333, y al niño SSSSSSSSSSSSSSS, de un (01) año de edad, titular del pasaporte Nro. USA 077970469.- Ofíciese a la Dirección Nacional de Migración y Fronteras de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), y al Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre, a los fines de comunicarles lo acordado en el presente auto.- Cúmplase.-