esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL dictada a favor de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), en el hogar de la ciudadana MARLENE CAROLINA MARCANO, tía materna, dictada en fecha veinte (20) de Noviembre del año 2001, y en consecuencia, se acuerda la REINSERCIÓN CON SU FAMILIA DE ORIGEN, de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), de conformidad con lo previsto en los artículos 131 y 405 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al hogar de su progenitora, ciudadana LILIA EVELIA MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cé.....