esta Sala de Juicio Nº X, en Uso de sus Atribuciones legales, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente causa propuesta por la ciudadana LILA FRANCIA MURILLO SANCHEZ, en contra del ciudadano GUSTAVO JOSE PRADA ZERPA, antes identificado, y en consecuencia dada igualmente la incompetencia por la materia dictada por el Juez del Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 7 de mayo del presente año 2008, procede esta Sentenciadora de oficio plantear el conflicto negativo de competencia a que se contrae el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, solicitando en virtud de no existir en esta Circunscripción Judicial un Tribunal Superior común a ambos jueces, que se han declarado incompetente, a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia la Regulación de competencia planteada. Y .....