DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, esta SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda de fijación de Obligación alimentaria, a favor del niño S S, solicitada por la ciudadana VANESA CATALINA ORTÍZ INFANTE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-13.533.081. En consecuencia se fija en la cantidad equivalente a Un Salario Mínimo Urbano Mensual, correspondiente a la suma de SEISCIENTOS CATORCE BOLÍVARES FUERTES CON SETECIENTOS NOVENTA CÉNTIMOS (Bs. F. 614,79) la Obligación de alimentaria que el ciudadano GERARDO JAIMES SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número V-12.419.178, deberá suministrar a su hijo el niño S S. Asimism.....