esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, dictada el primero (1°) de Abril del año 2003, y en consecuencia, se acuerda la REINSERCIÓN CON SU FAMILIA DE ORIGEN, de los adolescentes (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), de conformidad con lo previsto en los artículos 131 y 405 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en tal virtud, se ordena el EGRESO de los mencionados adolescentes, de la Casa Hogar El Junquito, a fin de que regresen al hogar de su madre, ciudadana LISBETH TERESA EXILIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.026.811, y así se decide.