ésta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA conforme a lo previsto en el artículo 138 del Código Civil Vigente, a la ciudadana ROSA ELENA FONSECA RASQUIDES, antes identificada, para que se separe del hogar conyugal, con sus hijos (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), y se traslade a la siguiente dirección: Bloque 3, Escalera 4, Piso 3, Apartamento 33, Caricuao, Municipio Libertador, Distrito Capital