esta Juez Unipersonal Nº 10 Del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la presente demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÒN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana MARIELA HAIDEE SULBARAN SANABRIA, titular de la cédula de identidad Nº 7.096.934, debidamente asistida de abogado, actuando en interés y beneficio de su hija (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), contra el ciudadano HERNAN SEGUNDO MARTINEZ MANDIQUE, titular de la cédula de identidad Nº 7.631.818.
En consecuencia, queda establecida la Obligación de Manutención en beneficio de la adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño .....