Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 521 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de asegurar 36 mensualidades futuras al niño cuyo nombre se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Decreta Medida de Embargo Preventivo sobre la totalidad de las prestaciones sociales que puedan corresponderle al ciudadano LUIS EDUARDO RONDON YNCIARTE en la Farmacia del Hospital Domingo Luciani, ubicada en la Urbanización El Llanito, Final Avenida Río de Janeiro de esta Ciudad de caracas, donde se desempeña como Ayudante de farmacia, igualmente se le indica al patrono que deberá remitir a este Circuito Judicial de Protección el monto de la totalidad de las Prestaciones Sociales que le puedan corresponder al precitado ciudadano en caso de DESPIDO, RENUNCIA O LIQUIDACIÓN cheque de Gerencia a nombre del niño cuyo nombre se omite de conformidad a lo establecido en el.....