Este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL XII, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos VICTORIA COROMOTO MALAVE CAMPOS Y DIMAS RAFAEL LANDAETA CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V- 10.946.624 y V- 10.781.501, respectivamente, y en consecuencia Declara Disuelto el Vinculo Matrimonial que los unía y que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 17 de Mayo de 1994, según consta de acta N° 143.