Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- HOMOLOGA el desistimiento del recurso contencioso tributario ejercido por la representación judicial de la contribuyente VENEZOLANO DE CREDITO, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la Resolución de Recurso Jerárquico N° SAT-OJT-RRJ-2014-002 sin fecha, notificada el 5 de diciembre de 2014, dictada por la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA (SATMIR), mediante la cual estableció lo siguiente: (i) revocó reparo por la cantidad de mil seiscientos cuarenta y cuatro bolívares con cincuenta y ocho céntimos (Bs. 1.644,58); (ii) ratificó reparo por la cifra de setenta y cinco mil setecientos cincuenta y cinco bolívares con sesenta y tres céntimos (Bs. 75.755,63), por concepto de impuesto del uno por mil (1x1000) de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Timbre Fi.....