En consecuencia, habiendo observado este Tribunal que el acto accionado es violatorio de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en lo que respecta al Derecho a la Propiedad y al Derecho a Libertad Económica y de Empresa, debe este Tribunal ordenar, en protección de los Derechos Constitucionales señalados ordenar a la Gerencia de Regimenes Aduaneros, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) la autorización de reexportación de la mercancía indebidamente comisada por la Gerencia de la Aduana Aérea de Maiquetía.