Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio; por las razones que han sido analizadas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la ciudadana Pilar Macia de Porta, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-81.692.460, actuando en su carácter de Directora-Administrativa de la sociedad mercantil Artesanía Kache, S.R.L.", sociedad mercantil, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18 de noviembre de 1.985, anotado bajo el No. 57, Tomo 41-A-SGDO., con Registro de Información Fiscal (RIF) No. J-00231569-5, asistida por el ciudadano Plutarco Macia Bello, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.858, contra la Resolución No. RCA-DJT-CRA-2006-000805, de fecha 10-11-2.006, emanada de la Gerencia Regional de.....