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Decisiones del dia 13/10/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 1191(AF42-U-1992-000010) N° Sentencia : 0090-2008 Fecha: 13/10/2008
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
STANHOME PANAMERICANA, C.A. VS. GERENCIA GENERAL DE FINANZAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES)
Resumen:
En virtud de lo expuesto considera el tribunal que para la fecha 05-10-1998, cuando el INCE, notifica la Resolución No. 701, culminatoria de sumario administrativo, objeto de impugnación, ya se había producido la caducidad del plazo concedido para la referida decisión. En consecuencia, el Tribunal considera invalidada y sin efecto alguno el Acta de Reparo No, 004028 -004029, así como los actos cumplidos en el Sumario. Así se declara. Como consecuencia de la precedente declaratoria, el Tribunal considera inoficioso emitir pronunciamiento sobre las demás alegaciones planteadas por los apoderados judiciales de la contribuyente.
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : AP41-U-2007-000257 N° Sentencia : 0089-2008 Fecha: 13/10/2008
Procedimiento:
Juicio Ejecutivo
Partes:
VENECAL, C.A. VS. GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE CONTRIBUYENTES ESPECIALES, DE LA REGIÓN CAPITAL, DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT)
Resumen:
Ahora bien, en fecha 04-05-2007 este Tribunal ordenó la intimación de la contribuyente Venecal, C.A, sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 17 de enero de 1979, bajo el N° 06, Tomo 13-A Sgdo, identificada con el Registro de Información Fiscal (RIF) número J-00139627-6; domiciliada en la Calle Brasil y Perú, Edificio Centro Brasil, Piso 2, Urbanización Catia- Caracas; a fin de que cancele a la República la cantidad de Bs. 581.665.352,12, a que alcanzan el total de las obligaciones tributarias que la República le reclama. Efectuada la oposición correspondiente y precedentemente decidida, el Tribunal encuentra que están cumplidos los requisitos exigidos en los artículos 289 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con el artículo 291 para el decreto de la medida solicitada. Así se decide.
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : 1016(AF42-U-1997-000008) N° Sentencia : 0088-2008 Fecha: 13/10/2008
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
SUCESIÓN EMILIANA MELEAN DE ROMÁN VS. GERENCIA JURÍDICO TRIBUTARIA
Resumen:
Ahora bien, advierte el Tribunal que el contribuyente recurrente no prueba, tanto a nivel administrativo, ni ante esta jurisdicción, haber cumplido con dichos requisitos, por tanto, considera el Tribunal que la exigencia de pago del impuesto sobre la renta, por las cantidades de Bs. 20.874,61 y Bs. 21.899,87, calculados sobre ingresos provenientes de la actividad agropecuaria (Bs. 194.999,12 y Bs. 185.859,40), pretendida por la Administración Tributaria, luce procedente. Así se declara.
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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