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Decisiones del dia 14/04/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP41-U-2009-000089 N° Sentencia : S-N Fecha: 14/04/2009
Procedimiento:
Admision
Partes:
INDUSTRIAS UNICON, C.A. VS. GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (BANAVIH)
Resumen:
Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el Artículo 268 y siguientes eiusdem. Igualmente, se recuerda a las partes, que la causa se encontrará abierta a Pruebas, ope legis, el primer día de Despacho siguiente a la presente fecha, a tenor.....
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : AP41-U-2006-000776 N° Sentencia : S-N Fecha: 14/04/2009
Procedimiento:
Admision
Partes:
EDITORIAL 2001, C.A. VS. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR
Resumen:
Visto el escrito de Promoción de Pruebas, presentado en fecha 01 de abril de 2009, por el ciudadano Alejandro Ignacio Villoria García, en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente "EDITORIAL 2001, C.A", por cuanto las pruebas en él promovidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admite cuanto ha lugar en Derecho, salvo su apreciación en la definitiva, la evacuación de las Pruebas promovidas y admitidas, se realizará de la siguiente manera: CAPITULO PRIMERO: DOCUMENTALES. Se ordenó agregar a los autos, en su oportunidad legal correspondiente, las pruebas documentales anexas al Escrito de Promoción, consignado por el Apoderado Judicial de la Contribuyente. CAPITULO SEGUNDO: TESTIMONIAL: El Tribunal fija para el tercer (3°) día siguiente de despacho siguiente, a las diez y media de la mañana (10:30 AM), luego de vencido el lapso de Apelación a la admisión de esta prueba, conforme a lo previsto en el Parágrafo Único del Artículo 270 del Código Orgánico Tributa.....
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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