Se dictó auto mediante el cual este Tribunal deja sin efecto la boleta de notificación librada a la referida recurrente en fecha 22/05/2002, así mismo se ordena librar nueva comisión al Juez (Distribuidor) Primero de Valencia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a fin de practicar la notificación correspondiente. De conformidad a lo establecido en los Artículos 277 y 278 del Código Orgánico Tributario y 233 del Código de Procedimiento Civil.