Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa interpuesta por la contribuyente LICORES EL PILAR, S.R.L, contra la Resolución (Constancia de Incumplimiento) Nº GRTI/RG/DF/562-05 de fecha 26 de agosto de 1999 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
Se ORDENA remitir el expediente judicial a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del aludido órgano recaudador, a los fines de que inicie el procedimiento de cobro ejecutivo.