En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara PRESCRITAS LAS OBLIGACIÓNES TRIBUTARIAS pretendidas por la Administración General del Impuesto sobre la Renta, del extinto Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio del Poder Popular para las Finanzas), a la sociedad Fomento de la Comunidad, C.A, .con las Planillas de Liquidación Nos. 62111, 62112 y 62110, emanadas de la Administración General de Impuesto sobre la Renta, de extinto Ministerio de Hacienda, por las cantidades de Bs. 17.865,10, (actualmente Bs. F 17.87) Bs. 18.639,50 (actualmente Bs. F 18.63), Bs.38.976,00 (actualmente Bs. F 38.97); por concepto impuesto sobre la renta, como consecuencia de reparos formulados a las declaraciones de rentas presentadas por la contribuyente para los ejercicios fiscales 1963-1964, 1964-1965, 1965-1966, y con la Planilla.....