Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Se REVOCA por contrario imperio la sentencia Interlocutoria con fuerza de definitiva Nº 184/2017 del 30 de octubre de 2017, en la cual se declaró extinguido el proceso por "pérdida de interés".
2.- Se REPONE la causa al estado de notificar a las partes de la entrada del presente asunto para su posterior admisión o no.