En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara PRESCRITA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA reclamadas por el extinto Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio del Poder Popular para las Finanzas), a través de la Resolución No. HJI-100-377-1, de fecha 06 de abril de 1989, emanada de la Dirección Jurídico Impositiva, del extinto Ministerio de Hacienda, mediante la cual se declara sin lugar el Recurso Jerárquico interpuesto contra la Resolución Culminatoria del Sumario N° HRCO-S-2110, de fecha 27-10-1988, con la cual se impuso multa a la contribuyente recurrente, por no cumplir con el horario legalmente establecido, contraviniendo de esa manera, lo previsto en el artículo 224 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcoholes y especies alcohólicas.