En virtud de lo anterior, este Juzgado de Primera Instancia declara con lugar la alegación expuesta por la representación judicial de la contribuyente, sobre el falso supuesto de derecho de la cual estaría afectada la imputación de la cantidad de Bs. 243.656,44, por concepto de Intereses moratorios, al pago efectuado para la cancelación de la tasa por el otorgamiento, modificación, renovación, traspaso y anulación de permisos para operar estaciones privadas de telecomunicaciones, correspondiente al período que va desde el 30-08-1999 al 30-08-2000, por la cantidad de Bs. 4.449.600,00. Así se declara.
En virtud de lo expuesto se considera improcedente la imputación de la cantidad de Bs. 243.656,44, por concepto de intereses moratorios, al pago efectuado por la contribuyente por la cantidad de Bs. 4.449.600,00, para cancelar la tasa privadas de por el otorgamiento, modificación, renovación, traspaso y anulación de permisos para operar estaciones telecomunicaciones, correspondiente.....