En cuanto a la multa impuesta por retener a la orden del INCE una cantidad menor a la que ha debido retener sobre las utilidades pagadas, por la cantidad de Bs. 111.717,00, encuentra el Tribunal que la contribuyente aceptó y pagó el reparo que le fue formulado por este concepto. En efecto, advierte el Tribunal que en el pago efectuado el 25-07-2003, con la planilla No. 391363 del Banco Mercantil, se incluye, según expresión de la propia contribuyente, la cantidad de Bs. 310.325,00, por concepto de aportes del ½%, que se corresponde con la cantidad que, en concepto de INCE, fue omitida sobre las utilidades pagadas. Luego, aprecia el Tribunal que siendo procedente el reparo, también lo es la multa impuesta. Así se declara