Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
Único: Consumada de pleno derecho la perención, en consecuencia extinguida la instancia, en la solicitud de ejecución de sentencia incoada por la la abogada Adda Almanzar, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la Cédula de Identidad No. 11.032.807, inscrita en el IPSA bajo el No. 68.313, actuando en representación de la República, como sustituta dela Procuradora General de la República, en contra de la sociedad mercantil "Joyeria Draco 21, C.A.", sociedad mercantil, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de agosto de 1.997, anotado bajo el N° 28, Tomo 217-A-Pro., con Registro de Información Fiscal N° J-30467939-4, a la cual se le exige el pago de un crédit.....