Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa interpuesta por la contribuyente MANUFACTURAS DE PAPEL, C.A. (MANPA), S.A.C.A., contra la denegación tacita producto del silencio administrativo por la no decisión del recurso jerárquico incoado el 31 de agosto de 1999 contra la Resolución (Sumario Administrativo) Nº GCE-SA-R-99-159 sin fecha, notificada el 29 de julio de 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
Se ORDENA remitir el expediente judicial a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del aludido órgano recaudador, a los fines de que inicie el procedimiento de cobro ejecutivo.