Por las razones antes expuestas este Tribunal superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los Ciudadanos Rafael Badell Madrid, Álvaro Badell Madrid, Nicolás Badell Benítez y Camille Rieber Ricoy, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad Números V- 5.530.274, 4.579.772, 13.307.362 y 15.758.311, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los números 22.748, 26.631, 83.023 y 112.736, actuando como apoderados judiciales de la empresa C.A. Cigarrera Bigott, Sucs., sociedad mercantil, inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, bajo el No. 1, Tomo 1, de fecha 7 de enero de 1921, contra el acto administrativo denominado Resolución GGSJ/GR/D.....