Dicho lo anterior, como quiera que del examen de autos queda plenamente demostrada la existencia de la causal de inadmisibilidad establecida en numeral 3 del artículo 266, del Código Orgánico Tributario, tal hecho produce la inadmisibilidad del recurso interpuesto. En consecuencia, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en acatamiento del principio de legalidad que debe guiar toda actuación judicial, resuelve: declarar la inadmisibilidad del recurso contencioso tributario ejercido por el ciudadano Haifeng Xie, supra identificado, actuando en su carácter de Representante Legal de la contribuyente "Comercial Chen, C.A, contra la Resolución (Imposición de Sanción) No. SENIAT-GRTI-RC-DF-1-1052-LIC-2001-4102-13-00370, de fecha 12 de marzo del 2.001 y la Planilla de Liquidación N° 10-2002-1-2-47-1937 de fecha 07 de junio del 2.002, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital, del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria ¿.....