Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:
PRIMERO: Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, recurso contencioso tributario, interpuesto el 30-10-2007, por el ciudadano JULIO CESAR MELO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad No. 14.852.075, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 123.846, actuando en su carácter de apoderado de la contribuyente "PLUSMETAL CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, C.A." sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 16-12-1982, bajo el No. 34, Tomo 158-A-Sgdo.; en contra de la Orden No. 2148-07-34, de fecha 11 de julio de 2007 y notificada el 27-09-2007, emanada del Comité Ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), por montos de BOLÍVARES FUERTES SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 40 CENTIMOS (BsF. 61.320,40) por Aportes del 2%; BOLÍVARES FUERTES MIL .....