En consecuencia, se observa que el presente asunto se encuentra en fase de ejecución de créditos fiscales, es por lo que este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su continuidad. Líbrese Oficio.
LA JUEZA,
BEATRÍZ B. GONZÁLEZ. EL SECRETARIO ACC.,
JEAN CARLOS AGUANA.
BBG/Dr