Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano abogado RICARDO BARONI UZCATEGUI, diciendo actuar en su carácter de apoderado judicial de la empresa "PREMIUM DE VENEZUELA, C.A.", conforme con los términos del presente fallo, contra la Resolución SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2009-0854 de fecha 15-12-2009, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT, a través del cual confirma el Acta de Comiso Nº SNAT-INA-APPC-DO-2007-006036, actuaciones que vulneran las garantías constitucionales previstas en los artículos 112 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.