En este sentido en la referida sentencia, en su parte Dispositiva estableció lo siguiente:
1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia No. 1415 dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 13 de julio de 2009, la cual se REVOCA en lo referente a la aplicación de las reglas del delito continuado en casos de sanciones por incumplimiento de deberes formales.
2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de comercio THYSSENKRUPP ELEVADORES, C.A., por lo que queda FIRME la multa impuesta a su cargo por la cantidad de tres mil ciento sesenta y dos con cincuenta unidades tributarias (3.162,50 U.T.).
3.- FIRME por no haber sido apelado por la contribuyente y no desfavorecer al Fisco Nacional, lo decidido por el tribunal a quo respecto a: i) la presunta violación al derecho a la defensa de la contribuy.....