En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos solicitada por la apoderada judicial de la sociedad mercantil "CONVERGIA VENEZUELA, S.A.", en contra de la Resolución No.102/2010 (folios 43 al 59), de fecha 22 de noviembre de 2010, emanada de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, notificada el 19-07-2011, en cuyo texto declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por dicha contribuyente y en consecuencia confirmó parcialmente la Resolución No. L/312.10.09. emanada de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, de fecha 13 de octubre de 2009, modificando el reparo fiscal formulado inicialmente a la contribuyente por la cantidad de CINCUENTA YTRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINC.....