De acuerdo a los razonamientos previamente señalados, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los ciudadanos abogados JOSE RAFAEL MARQUEZ, ANDRES F. GONZALEZ y JOSE ANDRES OCTAVIO L., titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.683.689, 9.881.843 y 9.879.873, e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 6.553, 57.599 y 57.512, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la contribuyente "BANCO DEL CARIBE, C.A., BANCO UNIVERSAL", en contra de la Resolución Culminatoria del Sumario N° 283-2008-03-15, de fecha seis (06) de marzo de 2008, emanada del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) ahora Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), notificada en fecha diecisiete (17) de marzo de 2008, mediante la cual confirma parcialmente el Acta de Reparo N° 0001-06-1630, mediante .....