DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el contribuyente MULTICINE LAS TRINITARIAS, C.A., contra la Resolución FONA-DE-AL-RJ-008/14 de fecha 16 de abril de 2014 (folios 39 al 47), dictada por el Consejo Directivo del Fondo Nacional Antidrogas.
En consecuencia:
PRIMERO: Se ANULA el reparo por diferencia en los aportes del 1% establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 427.948,78), correspondientes a los ejercicios fiscales 2006, 2008, 2009 y 2010.
SEGUNDO: Se ANULA la multa impuesta por la diferencias en los aportes del 1% establecido en el artículo 96 de l.....