DECRETA
MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre las cuentas bancarias de la contribuyente "ITALCAMBIO, C.A.", por monto de BOLIVARES UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA SIN CENTIMOS (Bs. 1.755.360,00) que cubre el monto a que se contrae la presente demanda; más la cantidad de BOLIVARES OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO SIN CENTIMOS (Bs. 87.768,00) que comprende el cinco por ciento (5%) de la cuantía de la demanda referente a la condenatoria en costas; y/o sobre bienes propiedad del deudor que no exceda del doble del monto de la ejecución mas una cantidad suficiente estimada prudencialmente por el Tribunal para responder del pago de intereses y costas del proceso. Tal y como lo establece el articulo 281 del Código Orgánico Tributario.
Para la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo decretada se comisiona suficientemente al Juez Ejecutor de Medidas (Distribuidor) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese comisión.
.....